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Cómo contratar talento LATAM sin abrir filial ni generar establecimiento permanente

Qué es el establecimiento permanente, cuándo se activa al contratar en Latinoamérica y qué figuras permiten evitarlo: staffing, EOR, contractor directo o filial propia.

Casi todas las conversaciones con empresas europeas que quieren contratar en Latinoamérica empiezan con la misma frase: «¿esto me obliga a tener algo abierto allí?».

La respuesta corta es que depende de cómo lo estructures. La larga está aquí abajo, y merece la pena porque es la diferencia entre una operación limpia y un problema fiscal a dos años vista.

Qué es el establecimiento permanente

Un establecimiento permanente aparece cuando la autoridad fiscal de un país considera que tu empresa opera allí de forma estable y continuada, y por lo tanto debe tributar en ese país.

No es un trámite que uno abre voluntariamente: es una calificación que hace la administración mirando los hechos. Y esa es la parte incómoda, porque puedes tenerlo sin saberlo.

Los supuestos que suelen activarlo:

  • Tu empresa tiene un lugar fijo de negocio en el país: oficina, sucursal, taller.
  • Alguien actúa habitualmente en nombre de tu empresa con capacidad para firmar contratos que la vinculan.
  • Tu empresa contrata directamente a personas en ese país y ejerce sobre ellas las facultades propias de un empleador.

Las consecuencias, si se activa: obligación de registro, de tributar por los beneficios atribuibles a ese establecimiento, y de cumplir con las obligaciones formales locales. Todo ello con efecto retroactivo desde que se considera que empezó.

Por qué el staffing lo evita

La clave está en quién firma con quién.

En el modelo de staffing remoto, la relación contractual con el profesional no es tuya: es del proveedor. Tu empresa contrata un servicio a otra empresa, igual que contrata cualquier otro servicio externo. El profesional firma un contrato de prestación de servicios con el proveedor, en su propio país.

El esquema queda así:

  • Tu empresa ↔ el proveedor: un único acuerdo de servicios.
  • El proveedor ↔ el profesional: contrato de prestación de servicios, firmado en el país del profesional, con NDA y cláusulas de propiedad intelectual a favor de tu empresa.

Tu empresa no abre entidad, no se da de alta en ningún registro extranjero y recibe una factura por servicios. Es la misma naturaleza que contratar a una consultora.

Con una salvedad importante que conviene decir claro: esto no es una garantía automática. Cada caso depende de cómo opere tu empresa y del convenio de doble imposición aplicable. Si tu asesoría fiscal quiere revisar el contrato antes de firmar, es lo razonable, y cualquier proveedor serio debería facilitártelo.

Las cuatro figuras, comparadas

Staffing remoto

El proveedor busca, contrata, paga y administra. Tú firmas un solo acuerdo.

Entidad local: no necesaria. Riesgo de EP: bajo, contratas un servicio. Tiempo: días. Encaja si: quieres sumar personas a tu equipo sin montar infraestructura.

EOR (Employer of Record)

El proveedor es el empleador formal de alguien que tú ya encontraste. Empleo formal bajo legislación local.

Entidad local: no necesaria. Riesgo de EP: bajo. Tiempo: semanas. Encaja si: necesitas relación laboral formal y ya tienes al candidato.

Contractor directo

Tu empresa contrata directamente al profesional como independiente.

Entidad local: no necesaria. Riesgo de EP: depende de cómo se articule, y es el punto delicado. Si el contractor trabaja en exclusiva para ti, con tu horario, tus herramientas y bajo tus instrucciones, un inspector puede entender que la relación es laboral y que tu empresa opera allí. Encaja si: son colaboraciones puntuales y genuinamente independientes.

Filial propia

Abres una sociedad en el país.

Entidad local: obligatoria. Riesgo de EP: alto por definición, es justamente lo que estás creando. Tiempo: meses. Encaja si: vas a tener una operación estable y grande en ese mercado.

Qué recibes cada mes

En el modelo de staffing, la operativa mensual se reduce a:

  • Una factura consolidada por los servicios del mes, con el detalle por persona.
  • Los comprobantes archivados, por si tu contabilidad los necesita.
  • Ningún pago suelto a distintos países ni facturas que recolectar una a una.

Cuando sumas o das de baja a alguien, se gestiona como un cambio de alcance del acuerdo marco. No se reabre el contrato ni se inicia un proceso legal en el país.

La propiedad intelectual

Punto que se olvida y que importa tanto como el fiscal: de quién es el código.

En un esquema bien montado, la cesión de propiedad intelectual a favor de tu empresa está recogida en los dos contratos: el que firma el proveedor con el profesional y el acuerdo marco contigo. Si solo está en uno, hay un hueco.

Pregunta concreta que deberías hacer: «¿me pasáis las cláusulas de PI de ambos contratos?». Si la respuesta tarda, ya sabes algo.

Preguntas frecuentes

¿Contratar así me genera establecimiento permanente?

En el modelo de staffing tu empresa contrata un servicio a un proveedor, no a la persona, y la relación contractual con el profesional se firma en su país. Aun así, cada caso depende de cómo opere tu empresa y del convenio aplicable: conviene revisarlo con tu asesoría fiscal antes de firmar.

¿Quién es responsable del contrato con el profesional?

El proveedor. Firma el contrato de prestación de servicios con cada profesional en su país, con NDA y cláusulas de propiedad intelectual que protegen a tu empresa.

¿Cómo se factura y con qué IVA?

Recibes una factura consolidada al mes por los servicios prestados. El tratamiento fiscal depende del país de tu empresa y conviene concretarlo antes de firmar.

¿Qué pasa si quiero dar de baja a alguien?

Se gestiona como un cambio de alcance del acuerdo marco, con el preaviso pactado. No hay que reabrir el contrato ni iniciar un proceso legal en el país del profesional.

¿Y si más adelante quiero contratarla directamente?

Es un final habitual, sobre todo cuando una empresa acaba abriendo entidad en el país. Se conversa el paso cuando tiene sentido para las dos partes.

¿Puedo escalar un equipo entero sin abrir entidades?

Sí, y es el sentido del modelo. Sumas personas bajo el mismo acuerdo marco independientemente del país en el que estén.

Si quieres revisarlo con tu caso concreto —tu país, tu perfil, tu estructura—, son 20 minutos de llamada. Y si prefieres ver primero qué talento hay disponible, el buscador es gratis y sin registro.

Más detalle sobre el modelo en la página de contratar en LATAM sin entidad.